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Hasta octubre regirá la ley española para la nacionalidad

En medio de la repercusión que tuvo la limitación que comenzó a darse para conseguir la ciudadanía italiana, cobró más relevancia lo que ocurre en España.

 

En este sentido, hay que tener en cuenta que hasta el 22 de octubre próximo regirá la ley española que posibilita adquirir la nacionalidad.


Esta opción está abierta a los nietos y nietas de un originario español, independientemente de que se hayan naturalizado al país de acogida.

También, para hijos/as mayores de esos nietos (bisnietos del español).


Asimismo, comprende a los hijos de mujeres españolas casadas con un no español.


Hay otro punto a tener en cuenta, el de bisnietos con ascendencia fallecida. También abre la vía de salto generacional directo a los bisnietos siempre que el nieto estuviera fallecido y no haya accedido ni por esta ley ni por la 52/2005, y "para ese caso por la vía del bisabuelo varón que haya mantenido la nacionalidad hasta el nacimiento de sus hijos".

 

Por ahora, el límite es octubre, el que de todas maneras no regirá para quienes en esa instancia tengan turnos otorgados hacia adelante.

 

 

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